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Empleadas de Hogar Madrid
Con la nueva regulación se establece la obligación de solicitar un número NUEVO para la inscripción en este Régimen General de la Seguriad Social a los empleados de hogar. Aunque ya se tenga un número de la Seguridad Social (anteriormente llamado "cabeza de familia") se debe solicitar este nuevo número. A partir del 01/01/2012 será responsabilidad del empleador: (Anteriormente dependía de si la empleada de hogar era fija o discontínua)
"No corra más riesgos innecesarios, confie la gestión del alta, baja, confección de nómina y contrato de trabajo de las empleadas de hogar a un Gestor Administrativo" PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA NUEVA NORMATIVA Formalización de contrato de trabajo, también se ha producido la OBLIGACION de realizar un contrato de trabajo para empleada hogar por escrito para las relaciones superiores a los cuatro semanas. Para la retribución, se garantiza, como mínimo, el pago en metálico del salario mínimo interprofesional (SMI), en cómputo anual. Las pagas extraordinarias, serán dos y de 30 días cada una en vez de las dos medias pagas de las que se venía disfrutando anteriormente como mínimo. La cotización como novedad será en función de las horas trabajadas y por consiguiente de la retribución que perciba el empleado del hogar, estableciéndose una escala tarifada con quince tramos de cotización en función de los salarios percibidos, con cuotas que van como mínimo desde 17,53 € mensuales a la máxima de 145,45 €/mes para la jornada completa. Acción protectora, aunque con la nueva regulación siguen sin tener derecho al desempleo, la contingencia de incapacidad temporal sigue un régimen propio, ya que el abono del subsidio corresponderá al empleador entre los días 4º y 8º, y a la Seguridad Social a partir del 9º. Se eleva la indemnizacón a la que tiene derecho las empleadas hogar por la extinción del contrato por desistimiento, sin alegar causa o justificación alguna por parte del empleador, de siete a doce días por año trabajado.
No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda o aclaración a este respecto.
Gastos de envío por la recogida en su domicilio de los documentos enviados por la Gestoría FGM ya firmados: !No lo dude y evite riesgos innecesarios! DOCUMENTACION NECESARIA PARA REALIZAR LA SOLICITUD DEL NUEVO NUMERO PARA EMPLEADAS DE HOGAR No lo dude más, y no se arriesgue a posibles eventualidades y regularice la situación de su empleada de hogar, pídanos un presupuesto sin compromiso del coste de la gestión, tanto de este proceso de migración del Régimen Especial de Empleadas de Hogar al Régimen General de la Seguridad Social de Empleadas de Hogar y de la futura gestión de nóminas de su empleada de hogar, variaciones económicas (a las que está obligada a comunicar), a las posibles bajas y sucesivas altas nuevas y a todo el asesoramiento jurídico en esta materia para el servicio doméstico.
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